Usuarios y usuarias de EPS pueden exigir reembolso por fallas en el servicio de salud
- Mar, 24 mar 2026
• Ciudadanas y ciudadanos tienen derecho a recuperar dineros que debieron pagar por demoras o negaciones en la atención, cobros indebidos por servicios ya autorizados, trámites que obliguen a acudir a servicios particulares, entre otros.
• La entidad de derechos humanos explica cómo hacerlo, dejando claro que el reembolso no es un favor, sino una obligación legal de las EPS.
Bogotá, 24 de marzo de 2026 (@DefensoriaCol). Las usuarias y los usuarios de las entidades promotoras de salud (EPS) en Colombia tienen derecho a solicitar el reembolso de gastos en salud cuando se ven obligados a pagar de su bolsillo por fallas en la atención. Este mecanismo, que aplica dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud, busca protegerles frente a demoras, negaciones o barreras en el servicio.
El reembolso, afirma la Defensoría del Pueblo, está sustentado en la Ley 1751 de 2015, que regula el derecho fundamental de petición en Colombia. Esta norma establece que la atención debe ser accesible, oportuna, continua, integral y de calidad. Por eso, si una persona paga consultas, medicamentos, exámenes, procedimientos o transporte debido a fallas del sistema, puede exigir la devolución de su dinero.
Además de esta ley, el derecho está respaldado por el Decreto 780 de 2016 y la Resolución 5261 de 1994. Y la Corte Constitucional también ha sido clara en múltiples fallos, como las sentencias T-760 de 2008, T-471 de 2012, T-513 de 2017 y T-155 de 2024, en los que da cuenta de que las EPS deben garantizar la atención o reconocer los gastos asumidos por las y los usuarios.
¿Cuándo se puede pedir el reembolso?
El derecho al reembolso aplica en cinco situaciones:
• Atención de urgencias fuera de la red de la EPS.
• Falta de especialistas o servicios disponibles.
• Negación injustificada de atenciones incluidas en el plan de beneficios.
• Cobros indebidos por servicios ya autorizados (por ejemplo: como medicamentos).
• Demoras o trámites que obliguen a acudir a servicios particulares.
El reembolso no es un favor
La entidad enfatiza en que el reembolso no es un favor de las EPS, sino una obligación.
El sistema de salud no puede trasladar sus fallas a usuarias(os) porque su obligación es proteger la vida, la salud y la dignidad de las personas.
Estas desigualdades también aumentan los gastos de las familias, al tener que cubrir sus tratamientos con recursos propios o desplazarse a lugares donde sí hay atención médica, lo que puede profundizar situaciones de pobreza y exclusión.
Según el DANE (2019), los gastos de bolsillo representaban el 15,8 % del gasto en salud. En 2024 aumentaron al 17,2 %, el nivel más alto registrado desde 2011, y en algunos departamentos las familias llegan a pagar hasta el 30 % de los costos en salud.
¿Cómo solicitar el reembolso?
Para hacer la solicitud, la Defensoría recomienda:
• Guardar facturas y comprobantes de pago.
• Tener historia clínica, fórmulas médicas y órdenes de servicio.
• Presentar un derecho de petición ante la EPS, según la Ley 1755 de 2015.
• La EPS está obligada a responder de fondo y en los tiempos establecidos.
No hay un valor fijo de devolución
La entidad nacional de derechos humanos señala que el monto del reembolso no es estándar porque depende de las tarifas del sistema y del análisis de cada caso; por esta razón, puede no coincidir con el total pagado en servicios particulares.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo invita a la ciudadanía a informarse y exigir este derecho. El mensaje es claro: el reembolso de gastos en salud no es un favor, es una garantía para que ninguna persona tenga que asumir costos derivados de fallas en el sistema.

