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1. Introducción

La violencia sexual es un fenómeno de violación de derechos que afecta a miles de niños, niñas y adolescentes (NNA) en Colombia. Según cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (2021), dentro de las viviendas ocurren el 81% de los casos de violencia sexual contra la niñez. Por esto, es importante reconocer que la prevención y erradicación de este fenómeno es una responsabilidad compartida entre el Estado, la familia y la sociedad. Sin el entendimiento y compromiso completo de esta corresponsabilidad, las violaciones de los derechos de la niñez y las terribles consecuencias que estas acarrean en el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes seguirán ocurriendo.

Lugar de ocurrencia de los casos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes: 81,4% Vivienda, 6,4% Vía pública, 2,3% Espacios terrestres al aire libre.

La Defensoría del Pueblo ha recopilado la información que dibuja el panorama de violencia sexual a niños, niñas y adolescentes en Colombia y, con base en esto, ha analizado las respuestas que han tenido las instituciones encargadas de atender este fenómeno. Posteriormente ha hecho un trabajo de escucha a niños, niñas y adolescentes de diferentes instituciones educativas y realizado mesas de trabajo en colaboración con diferentes instituciones que forman parte de la ruta de atención a víctimas de violencia sexual. Con toda esta información se creó el Informe Defensorial "Violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes en Colombia: análisis de la respuesta estatal" sobre el que se basa este Informe especial.

En el 49,9% de los casos, el agresor es un familiar.

Conocer las dinámicas y factores de riesgo de la violencia sexual a niños, niñas y adolescentes en Colombia permite entender mejor sus consecuencias y, así, plantear mejores recomendaciones para combatirla.

Mapa de Colombia con departamentos

Municipio del hecho

(Selecciona en el mapa el municipio)

Todos

Exámenes médico legales por
presunto delito sexual

5.244

Violencia interpersonal

2.973

Violencia intrafamiliar

2.058

Lesiones en eventos de transporte

673

Violencia de pareja

247

Lesiones accidentales

139

Total

11.334

La violencia sexual en Colombia afecta en mayor medida a los niños, niñas y adolescentes. Durante el 2022, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses realizó un total de 25.355 exámenes médico legales por presunto delito sexual. De ellos, el 82,34% correspondió a casos que involucraban a menores de 18 años. A julio de 2023, Medicina Legal ha realizado 13.721 exámenes médico legales, de los que 11.042 se realizaron a niños, niñas y adolescentes, representando el 80,5% del total de los exámenes realizados.

Desafortunadamente, este fenómeno de violación de derechos de la niñez ha estado en aumento durante los últimos años. En 2022, por ejemplo, los exámenes realizados por Medicina Legal a niños, niñas y adolescentes por esta causa aumentaron en un 19,07% con respecto al 2021.

Desde 2013, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) ha reportado que la violencia sexual es el principal motivo por el cual los menores de edad entran en Procesos Administrativos de Restablecimiento de Derechos (PARD). Actualmente, hay 18.966 Procesos Administrativos de Restablecimiento de Derechos por motivo de violencia sexual a niños, niñas y adolescentes. De los casos activos, el 86,6% corresponden a niñas y adolescentes y el 13,4% a niños y adolescentes. De esta forma, la violencia sexual es hoy uno de los fenómenos de violación de derechos que más afecta a la infancia y adolescencia en Colombia. Este hecho victimizante supera, con creces, otro tipo de lesiones a la niñez como los homicidios, la violencia interpersonal, la violencia intrafamiliar y las lesiones accidentales (mortales o no mortales).

Entre enero y julio de 2023, Medicina Legal ha atendido casi 10 veces más casos de violencia sexual a menores de edad que de muertes violentas en niños, niñas y adolescentes.

Para poder atender efectivamente este fenómeno, es importante comprender los entornos que este abarca. Por ejemplo, las cifras de Medicina Legal demuestran que las cabeceras municipales, y en especial las grandes ciudades, reportan una mayor cantidad de casos de violencia sexual en contra de niños, niñas y adolescentes que las zonas rurales (que abarcan el 18,1% de los casos). Aunque esto puede que se deba al subregistro en las denuncias de casos ocurridos en las zonas más alejadas de los centros de salud, la realidad es que Bogotá, Medellín y Cali muestran las cifras más altas de víctimas de violencia sexual en los últimos años. Con corte a julio de 2023, Bogotá D.C reporta (1.846), Antioquia (1.170), Cundinamarca (844), Valle del Cauca (711) y Tolima (649).

Además de esto, las cifras del ICBF y Medicina Legal demuestran que otros factores de vulnerabilidad incluyen la edad y el género. Por ejemplo, de los 11.042 exámenes médico legales por presunto delito sexual realizados por Medicina Legal a niños, niñas y adolescentes entre enero y julio de 2023, el 86,9% de ellos corresponde a niñas o adolescentes. Una tendencia que se mantiene desde hace años.

13.721 exámenes médico legales por presunto delito sexual en Colombia (enero a julio de 2023). 41,6% correspondieron a menores entre los 10 y 14 años de edad.

Así mismo, los niños y niñas entre los 10 y los 14 años abarcan el 51,7% de las víctimas menores de 18 que fueron sometidos a examen médico por posible delito sexual. Y, en el total de Colombia, incluyendo los adultos, los niños y niñas entre 10 y 14 años corresponden al 41,6% de las víctimas.

3.283 niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos sexuales representados por la Dirección Nacional de Defensoría Pública (enero a julio de 2023). 49,2% casos de acto sexual con menores de 14 años, 36,4% casos de acceso carnal con menores de 14 años, 9,7% casos de acceso carnal violento, 4,6% casos de acto sexual violento.

3. Caracterización de la violencia sexual a niños, niñas y adolescentes:

En Colombia el tratamiento jurídico de la violencia sexual según el Código Penal tiene diferentes distinciones. Mientras este delito se cobija bajo la sombrilla de los delitos contra la libertad, integridad y formaciones sexuales, tiene 3 subdivisiones: La violación; los actos sexuales abusivos; y, la explotación sexual. A continuación, se presentan algunos de los términos más importantes que se abordan dentro de las dos primeras subdivisiones.

La OMS define la violencia sexual como: "cualquier acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual u otro acto dirigido contra la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona, independientemente de su relación con la víctima, en cualquier ámbito. Comprende la violación, que se define como la penetración, mediante coerción física o de otra índole, de la vagina o el ano con el pene, otra parte del cuerpo o un objeto, el intento de violación, los tocamientos sexuales no deseados y otras formas de violencia sexual sin contacto".
Este es un tipo de violencia sexual tipificado en el artículo 210-A del Código Penal colombiano y se define como todo acto en el que alguien "en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona".
Se tipifica en el art. 206 del Código Penal y se refiere a todos aquellos actos de naturaleza sexual comprendidos dentro de la sombrilla de la violencia sexual que no incluyan acceso carnal, pero que sean realizados mediante el uso de la violencia o fuerza.
Por su parte, el acceso carnal se refiere necesariamente a la penetración del miembro viril por vía anal, vaginal u oral, así como la penetración vaginal o anal de cualquier otra parte del cuerpo humano u otro objeto. Este está tipificado en el art. 212 del Código Penal.
Consecuentemente, este se refiere a cualquier tipo de penetración del órgano sexual u otro objeto por cualquier parte del cuerpo humano mediante el uso de la violencia o fuerza. Está tipificado en el art. 205 del Código Penal.
Esta es una sombrilla que cobija diferentes tipos de violencia sexual tipificada en los artículos 138 A y 139 A Código Penal. Su apellido de "con persona protegida" explica que el acto fue realizado hacia un civil en el marco del conflicto armado.
La Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) define el abuso sexual como la intrusión física, real o intencionada, de naturaleza sexual, ya sea por la fuerza o bajo condiciones desiguales o coercitivas. El abuso sexual incluye esclavitud sexual, pornografía, abuso infantil y agresiones sexuales. Por su definición, no lleva implícito el uso de la fuerza y, a diferencia de otros conceptos anteriores, no está tipificado dentro de las distinciones del Código Penal colombiano.

Efectos de la violencia sexual en los niños, niñas y adolescentes.

La violencia sexual a niños niñas y adolescentes puede producir diferentes consecuencias dentro de las víctimas. Estas pueden abarcar diferentes áreas del desarrollo de la infancia y, como tal, deben ser atendidas de forma integral por las autoridades competentes, la familia y la sociedad en general.

  • Aislamiento, introspección, dificultades de relacionamiento social y ansiedad social.
  • Bajos niveles de participación en actividades comunitarias.
  • Síndrome y trastornos del estado de ánimo.
  • Trastorno límite de la personalidad.
  • Conductas autodestructivas (negligencia en las obligaciones, conductas de riesgo, ausencia de autoprotección), conductas autolesivas.
  • Ideas y conductas suicidas.
  • Baja autoestima.
  • Síndrome y trastorno de la conducta disruptiva (ira, incumplimiento de las normas, ignorancia de los límites e irritabilidad).
  • Conductas hiperactivas.
  • Problemas de atención y concentración.
  • Bajo rendimiento académico.
  • Embarazo temprano.
  • Trastornos alimenticios (bulimia nerviosa).
  • Desgarramiento o sangrados vaginales o anales.
  • Afectaciones de orden psicosomático.
  • Lesiones en la integridad física.
  • Cefaleas, fibromialgias y trastornos gastrointestinales.
  • Alto nivel de estrés y malestar.
  • Enfermedades de transmisión sexual.
Ilustración de un niño afectado por la violencia sexual.

Derechos y dimensiones afectadas

La violencia sexual constituye una violación a los derechos fundamentales de todos los niños, niñas y adolescentes. Reconocer los derechos que se ven vulnerados es un paso esencial para el proceso de reparación de las víctimas. Estos son algunos de los derechos de los niños, niñas y adolescentes contemplados en la Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006) que se ven afectados:

  • Derecho a la integridad personal: El artículo 18 establece que los niños, niñas y adolescentes "tienen derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario". Lastimosamente, los datos que rodean la violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes demuestran que los familiares y conocidos cercanos son en la mayor parte de los casos los agresores.
  • Derechos de protección: El artículo 20 del Código de Infancia y Adolescencia en el párrafo 4to establece explícitamente el derecho de todos los niños, niñas y adolescentes a ser protegidos frente a todo tipo de violencia que atente contra su libertad, integridad y formación sexuales.
  • Derecho al debido proceso: El artículo 26 del Código de Infancia y Adolescencia dicta el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser atendidos bajo las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. En los Procesos de Restablecimiento de Derechos será, principalmente, el sistema de justicia el encargado de asegurar que el proceso de denuncia sea lo menos revictimizante y más efectivo posible para el menor de edad.
  • Derecho a la salud: El artículo 27 del Código de Infancia y Adolescencia reconoce el derecho de todos los niños, niñas y adolescentes a gozar de una salud integral. Entendiendo la misma como el bienestar físico, psíquico y fisiológico y no solo la ausencia de enfermedad. Así, la violencia sexual, además de poner en riesgo la salud física de los menores de edad, también atenta contra el bienestar psicológico.

4. La respuesta estatal frente a la violencia sexual

El Informe Defensorial incluye un amplio análisis de la respuesta estatal frente a los casos identificados de violencia sexual a niños, niñas y adolescentes. A continuación, un fragmento de las falencias de la respuesta institucional que se podrán encontrar en el informe completo y un audio incluyendo algunas de las recomendaciones presentadas por la Defensoría del Pueblo.

El Sistema de Salud:

En el sistema de salud existe desconocimiento de la importancia de realizar la atención en salud a las víctimas de violencia sexual dentro de las primeras 72 horas de ocurrido el hecho. Por esto, se pierde tiempo importante en la recolección de material probatorio y se viola el principio del interés superior del menor.

Sistema de Justicia:

Dentro de la activación de la ruta judicial existen factores que inciden para que la víctima desista de instaurar la denuncia en contra de su agresor. El sistema no atiende de manera oportuna a los niños, niñas y adolescentes víctimas, lo que causa desmotivación y revictimización a la hora de presentar la denuncia.

La Defensoría del Pueblo hace un llamado a la Rama Judicial para que los casos de violencia sexual en contra de niños, niñas y adolescentes sean tratados de manera prioritaria. Si bien la judicialización de los responsables es un asunto de gran importancia y una estrategia esencial para la lucha contra la impunidad, las instituciones deben centrar sus gestiones y esfuerzos primordialmente en el bienestar y dignidad de la víctima; el sistema judicial y psicosocial debe girar alrededor de las víctimas y el fortalecimiento de sus redes de apoyo.

Sistema Nacional de Bienestar Familiar:

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar puso a disposición la línea gratuita nacional 141 para orientación, reportar una emergencia o denunciar casos de maltrato infantil, violencia sexual, acoso escolar y otros. Sin embargo, esta todavía tiene deficiencias y el equipo técnico debe tener una formación más especializada para tratar con un enfoque psicosocial, jurídico y de salud la protección de la niñez y la adolescencia.

Este Informe Especial fue elaborado tomando como base el Informe Defensorial "Violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes en Colombia: análisis de la respuesta estatal" publicado por la Defensoría Delegada para los derechos de la Infancia, Juventud y Vejez en mayo del 2023 y complementado con las cifras oficiales presentadas por la Defensoría del Pueblo y el sistema de Defensoría Pública, Medicina Legal y el ICBF.

Puede descargarlo haciendo clic aquí

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