Autoridades deben asegurar el Derecho Humano al Agua de todos los colombianos

Autoridades deben asegurar el Derecho Humano al Agua de todos los colombianos

  • Mié, 22 mar 2006

Autoridades deben asegurar el Derecho Humano al Agua de todos los colombianos

Con ocasión de la celebración del Día Mundial del Agua (22 de marzo), el Defensor del Pueblo, Vólmar Pérez Ortiz, hace un llamado a los alcaldes municipales y a los gerentes de los entes prestadores del servicio de acueducto y alcantarillado para que suministren agua apta para el consumo humano y cumplan con la obligación de asegurar el Derecho Humano al Agua que tienen todos los habitantes de Colombia.
Así mismo, les recuerda que el agua no puede considerarse únicamente como un bien económico, también es un bien social y cultural indispensable para la garantía de otros derechos. Es un bien que goza de especial protección en las normas del derecho internacional de los derechos humanos.

Los tres elementos fundamentales del contenido del derecho y que deben ser tenidos en cuenta por las diferentes autoridades públicas o privadas que intervienen en la prestación del servicio de agua potable, se refieren a la disponibilidad de agua potable, el acceso al agua potable y la calidad del agua.

Agua de mala calidad

En el estudio elaborado por la Defensoría del Pueblo “Diagnóstico de la Calidad de Agua para el Consumo Humano en Colombia”, se encontró que 12.4 millones de habitantes en las cabeceras municipales no están recibiendo agua apta para el consumo humano. De los 959 municipios analizados, sólo reciben agua potable 171 municipios y 788 consumen agua de mala calidad. De estos 295 toman agua de pésima calidad. 

Analizado el Registro de Acciones Populares de la Defensoría del Pueblo, se halló que 503 acciones interpuestas por distintos actores, que corresponden a 197 municipios para el período 2000-2005, fueron falladas favorablemente. Sin embargo, la mayoría de esas acciones populares, el 84%, no han sido atendidas por las autoridades municipales y los gerentes de los entes prestadores del servicio público de acueducto, pudiéndose configurar un desacato a las decisiones judiciales. Se destacan los casos de Cundinamarca, Norte de Santander, Casanare, Boyacá, Tolima y Arauca. 

Recursos para agua potable

De otro lado, los alcaldes están en la obligación de ejecutar eficientemente y con racionalidad pública el presupuesto, lo mismo que destinar los recursos de ley al agua potable y saneamiento básico con el carácter prioritario que le ha señalado la Constitución. En consecuencia, la Contraloría General de la República tiene la obligación de ejercer el control fiscal sobre estos recursos y, si es necesario, sancionar a los funcionarios responsables. 

De conformidad con el artículo 366 de la Constitución Política, los recursos destinados a la educación, la salud, el agua potable y el saneamiento básico, como gasto público social, tienen prioridad frente a cualquier otra asignación. Son recursos destinados a mejorar la calidad de vida y el bienestar general de la población y cumplir con una de las finalidades del Estado social de derecho. El desvío de los recursos presupuestales, incluso los que se destinan a los planes de ajuste fiscal o de intervención económica, Ley 550 de 1999, es contrario a esta obligación constitucional. 

Uno de los objetivos de Desarrollo del “Milenio”, convenidos por las Naciones Unidas es el de garantizar el desarrollo sostenible y reducir a la mitad, para el año 2015, el porcentaje de personas que carecen de acceso al agua potable. 

La riqueza hídrica está representada por la extensa red fluvial superficial que cubre al país; las favorables condiciones de almacenamiento de aguas subterrá¬neas; la existencia de cuerpos lénticos, distribuidos en buena parte de la superficie total y la presencia de grandes extensiones de humedales. Colombia se caracteriza por tener una alta variabi¬lidad espacial en la distribución de su recurso hídrico. Sin embargo, cada vez es mayor la contaminación y la disminución de este recurso, lo que hace que su tratamiento y el abastecimiento sean más costosos, por lo que el Defensor del Pueblo exhorta a todos los colombianos a respetar y proteger este valioso recurso natural, considerado en el siglo XXI como el “oro azul”.