IRIS MARÍN ORTIZ
IRIS MARÍN ORTIZ
Defensora del Pueblo Correo Electrónico: asuntosdefensora@defensoria.gov.co Teléfono:(1) 314 40 00 Exts: 10045 / 10046Iris Marín Ortiz (Bogotá, 1977) es una abogada constitucionalista graduada de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario (1995-2001), experta en justicia transicional, paz y derechos humanos. El 16 de agosto de 2024 fue elegida Defensora del Pueblo de Colombia para el periodo 2024-2028, siendo la primera mujer designada al frente de esta institución en 35 años de existencia.
Se ha desempeñado como magistrada auxiliar en la Corte Constitucional, la Jurisdicción Especial para la Paz, la Comisión de la Verdad y la Unidad para las Víctimas. Ha destacado por su trabajo como defensora de derechos humanos y experta en Constitución, paz, derechos humanos e igualdad material. Cuenta con una maestría en Derecho, de la Universidad Nacional de Colombia.
Con experiencia de varias décadas como letrada, entre 1999 y 2007 trabajó como abogada asistente y coordinadora de la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), organización de abogados defensores de derechos humanos en la que participó en la redacción de la demanda contra la Ley de Justicia y Paz.
De allí pasó a trabajar en la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas como directora técnica de reparación y posteriormente como subdirectora general.
En 2009 realizó una consultoría en reparaciones para la Comisión de la Verdad de Ecuador; un año después, de 2010 a 2011, fue asesora nacional de justicia y género para la ONU Mujeres-Colombia.
Durante las negociaciones de paz con las Farc, en la administración de Juan Manuel Santos, asesoró a la delegación del Gobierno en temas de reparación. Luego, como magistrada auxiliar del magistrado Antonio Lizarazo, fue parte del grupo que revisó la Ley Estatutaria de la JEP entre enero de 2020 y febrero de 2021.
Posteriormente, apoyó la elaboración de hallazgos y recomendaciones de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad. En su amplio recorrido como defensora de derechos humanos, siempre ha profesado que no puede haber lógica para despreciar la vida, ni siquiera la de quienes tienen responsabilidad con la confrontación armada.
Tiene claro que el sagrado derecho a la vida es inviolable. Ha colaborado también como defensora de derechos humanos en la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), el Centro de Estudios en Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia) y la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes).
Adicionalmente, ha sido profesora en derechos humanos, derecho constitucional, igualdad de género, derechos de las víctimas y justicia transicional en diversas universidades, como la Santo Tomás y El Bosque.
Se considera una defensora acérrima de los derechos de las mujeres, además de feminista, y es una convencida de que la paz debe incluir agendas de igualdad de género, racial, entre campo y ciudad, de ingresos.
Su último trabajo antes de llegar a la Defensoría fue como magistrada auxiliar coordinadora de la Corte Constitucional, en el despacho de la magistrada Natalia Ángel Cabo, en la Sala de Desplazamiento. Ahora, como Defensora del Pueblo, su consigna parte de una premisa: escuchar, tener empatía, trabajar articuladamente y consolidar una voz ética que hable por la población, en especial por las comunidades más vulnerables.
Conozca la declaración de renta 2023 de la Defensora del Pueblo
- Definir las políticas, impartir los lineamientos, directrices y adoptar los reglamentos y demás mecanismos necesarios para el eficiente y eficaz funcionamiento de la Defensoría del Pueblo.
- Diseñar, dirigir y adoptar, con el Procurador General de la Nación, las políticas de promoción y divulgación de los derechos humanos en el país, en orden a tutelarlos y defenderlos.
- Hacer las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o violación a los derechos humanos y velar por su promoción y ejercicio. El Defensor podrá· hacer públicas tales recomendaciones e informar al Congreso sobre la respuesta recibida.
- Impartir los lineamientos para adelantar diagnósticos, de alcance general, sobre situaciones económicas, sociales, culturales, jurídicas y políticas que tengan impacto en los derechos humanos.
- Impartir las directrices para instar a las organizaciones privadas para que se abstengan de desconocer un derecho.
- Difundir el conocimiento de la Constitución Política de Colombia, especialmente los derechos fundamentales, sociales, económicos, culturales, colectivos y del ambiente.
- Dirigir y coordinar el Sistema Nacional de Defensoría Pública.
- Impartir los lineamientos para adelantar las estrategias y acciones que se requieran para garantizar los derechos de los sujetos de especial protección constitucional.
- Demandar, impugnar, insistir o defender ante la Corte Constitucional, de oficio o a solicitud de cualquier persona y cuando fuere procedente, normas relacionadas con los derechos humanos.
- Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución Política, de la ley, del interés general y de los particulares, ante cualquier jurisdicción, servidor público o autoridad.
- Ser mediador de las peticiones colectivas formuladas por organizaciones cívicas o populares frente a la administración pública, cuando aquéllas lo demanden.
- Ser mediador entre los usuarios y las empresas públicas o privadas que presten servicios públicos, cuando aquéllas lo demanden, en defensa de los derechos que se presuman violados.
- Impartir las directrices para el trámite de las peticiones allegadas a la Entidad por violación o amenaza de derechos humanos.
- Impartir las directrices para la administración del Registro Público Centralizado de las Acciones Populares y de las Acciones de Grupo que se interpongan en el país.
- Adoptar los protocolos humanitarios que deben seguir los servidores y contratistas de la Defensoría del Pueblo, en el cumplimiento de sus funciones.
- Presentar anualmente al Congreso de la República un informe sobre sus actividades, en el que se incluirá una relación del tipo y número de las peticiones recibidas, de las medidas tomadas para su atención y trámite, de la mención expresa de los funcionarios renuentes o de los particulares comprometidos y de las recomendaciones de carácter administrativo y legislativo que considere necesarias.
- Apoyar al Procurador General en la elaboración de informes sobre la situación de derechos humanos en el país.
- Participar en las reuniones mensuales que realice la Comisión de los Derechos Humanos, en las audiencias del Congreso de la República, y en la celebración de audiencias especiales, con el fin de establecer políticas en conjunto y de manera coordinada en defensa de los derechos humanos, de acuerdo con lo prescrito en el Reglamento del Congreso.
- Rendir informes periódicos a la opinión' pública sobre el resultado de las investigaciones adelantadas por la Defensoría del Pueblo y denunciar públicamente el desconocimiento de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
- lmpartir las directrices para la definición y diseño de los mecanismos necesarios para establecer comunicación permanente y compartir información con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales, de protección y defensa de los derechos humanos, así como articular las acciones con dichas organizaciones.
- Celebrar convenios con establecimientos educativos y de investigaciones nacionales e internacionales, para la divulgación y promoción de los derechos humanos.
- Celebrar los contratos y expedir los actos administrativos que se requieran para el funcionamiento de la Entidad, así como llevar su representación legal y judicial, para lo cual podrá otorgar los poderes o mandatos que fueren necesarios.
- Ejercer la ordenación del gasto de la Entidad, de conformidad con la constitución y la ley.
- Conocer en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores y exfuncionarios de la Entidad.
- Crear, organizar y conformar mediante resolución interna y con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo y. comités internos para atender las necesidades del servicio y el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz de los objetivos, políticas y programas de la Entidad, indicando las actividades que deban cumplir y los responsables de las mismas.
- Nombrar y remover los servidores de la Entidad, así como definir sus situaciones administrativas.
- Dirigir la acción administrativa y coordinar las labores de las diferentes dependencias que conforman la Defensoría del Pueblo.
- Dirigir la implementación del modelo integrado de gestión institucional.
- Realizar las actuaciones necesarias que permitan el ejercicio del control interno y control interno disciplinario, supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones.
- Las demás que le sean asignadas en la ley.
Secretarias: Luz Mila Guamán Espinosa // Maria Francelina Montenegro Nunez
Dirección: Calle 55 No.10-32 Bogotá D.C
PBX: 314 40 00 Extensión: 10045 / 10046

