Laicidad y neutralidad religiosa, claves para proteger la libertad de conciencia en la función pública y la educación escolar
- Vie, 06 nov 2026
- Entre enero y agosto de 2026 se recibieron 34 quejas por presuntas vulneraciones a la libertad religiosa y de conciencia; en todo 2025 fueron 16.
- La Defensoría del Pueblo abordó en un conversatorio cómo garantizar la neutralidad religiosa del Estado en el servicio público y en las aulas.
Creer, no creer, cambiar de religión o de convicciones y manifestarlas de forma individual o colectiva son expresiones esenciales de la libertad humana que el Estado tiene el deber de proteger por igual. Con esa premisa, la Defensoría del Pueblo realizó, en el marco del Día Internacional de la Libertad Religiosa, el segundo conversatorio Estado laico y libertad religiosa: desafíos en la función pública y la educación religiosa escolar en Colombia.
El encuentro abordó cómo ejercer la libertad religiosa y de conciencia en condiciones de igualdad y respeto por la diversidad, y por qué la laicidad y la neutralidad del Estado son fundamentales para la convivencia democrática y la paz.
Más del doble de quejas en ocho meses
La Entidad presentó un balance de las quejas relacionadas con presuntas vulneraciones a la libertad religiosa y de conciencia. Los registros del sistema de información Visión Web muestran que entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2026 se atendieron 34 quejas, frente a las 16 registradas durante todo 2025.
El incremento de las quejas evidencia la importancia de contar con mecanismos efectivos de atención y acompañamiento a quienes enfrentan posibles vulneraciones de estos derechos.
En esa tarea, el Grupo Interno de Trabajo para la Libertad de Conciencia, Culto y Religión de la Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales ha fortalecido la atención especializada mediante la articulación de capacidades defensoriales, la participación en comités y mesas territoriales de libertad religiosa y la capacitación de liderazgos en derechos humanos, mediación de conflictos sociales, análisis de riesgos ante infracciones al Derecho Internacional Humanitario y activación de rutas de protección.
Neutralidad religiosa en la función pública y los entornos escolares
La libertad religiosa y de conciencia comprende tanto el derecho a profesar una religión como el de no identificarse con ninguna creencia. Por ello, la laicidad y la neutralidad estatal son fundamentales para garantizar, en igualdad de condiciones, los derechos de las personas creyentes de diversas tradiciones religiosas, agnósticas, ateas y de quienes no se identifican con ninguna confesión.
Durante el conversatorio se abordaron dos ámbitos en los que estos principios adquieren especial relevancia, de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Constitucional:
En la función pública: los espacios donde se ejerce el poder público o se atiende a la ciudadanía deben preservar la neutralidad religiosa del Estado. Las personas servidoras públicas conservan sus libertades personales, pero sus actuaciones oficiales están sujetas al deber de neutralidad frente a las distintas creencias y convicciones.
En la educación escolar: las aulas deben ser espacios de convivencia y respeto por la diversidad. Aunque la educación religiosa forma parte de las áreas obligatorias y fundamentales establecidas en la Ley General de Educación, ninguna persona puede ser obligada a recibirla. Su enseñanza debe respetar la libertad religiosa y de conciencia de los estudiantes, sin imponer prácticas confesionales contrarias a sus convicciones.
La conmemoración, establecida por la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 27 de octubre, también permitió reafirmar que la pluralidad religiosa y las diferencias de convicciones son expresiones legítimas de una sociedad democrática. Su reconocimiento implica respetar la diversidad y garantizar que ninguna persona sea objeto de intimidación, imposición o discriminación por sus creencias.
Garantizar la laicidad y la neutralidad estatal significa que ninguna persona en Colombia tenga que escoger entre sus convicciones y su seguridad, su dignidad o su participación en la vida democrática.