Notificaciones Actos Administrativos
Acción de tutela presentada por Daniela contra Marcos
Acción de tutela presentada por Daniela contra Marcos De manera atenta, y en el marco de las competencias asignadas a la Defensoría Delegada para Asuntos Constitucionales y Legales, remito copia digital de la Sentencia T-158 de 2026, proferida por la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, para que se adelanten las gestiones institucionales requeridas frente a la orden impartida a la Defensoría del Pueblo. 19 jun 2026 - 00:00:00
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Radicado es No.15001-2333-000-2022-00400-00
Radicado es No.15001-2333-000-2022-00400-00 Convocatoria para la recepción de aportes ciudadanos y técnicos dentro del trámite de verificación de cumplimiento de la Ley 2138 de 2021- El Tribunal Administrativo de Boyacá informa que en el marco del proceso de verificación de cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 2 y el artículo 10 de la Ley 2138 de 2021, “Por medio de la cual se establecen medidas para la sustitución de vehículos de tracción animal en el territorio nacional y se dictan otras disposiciones” cuyo número de radicado es No.15001-2333-000-2022-00400-00, profirió auto del 19 de mayo de 2026, por medio del cual convoca a la ciudadanía en general, asociaciones campesinas y rurales, organizaciones de protección y bienestar animal, organizaciones sociales, cooperativas, asociaciones de pequeños productores, federaciones, comunidad académica -entre ellas grupos de investigación-, profesionales en medicina veterinaria y zootecnia, expertos en derecho ambiental - derecho animal - políticas públicas, autoridades territoriales y cualquier persona interesada con el fin de que presenten propuestas de reglamentación de la tracción animal, con y sin vehículos, para el desarrollo de actividades turísticas, agrícolas, pecuarias, forestales y deportivas, en contextos formales e informales. 05 jun 2026 - 00:00:00
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Aviso a la comunidad radicada bajo el no. 66001-23-33-000-2026-00036-000
Aviso a la comunidad radicada bajo el no. 66001-23-33-000-2026-00036-000 Aviso a la comunidad- El Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda informa a todos los miembros de la comunidad del Municipio de Mistrato - Risaralda que puedan verse afectados con los hechos que motivan la presente acción popular, admitida mediante auto de fecha diecisiete (17) de febrero de 2026, radicada bajo el no. 66001-23-33-000-2026-00036-000 incoada por la Personeria Municipal de Mistrato - Risaralda, contra la Unidad Nacional para la Gestion de Riesgo de desastres UNGRD y el Municipio de Mistrato, con vinculaciòn del Resguardo indìgena unificado Embera Chami sobre el Rio San Juan, en la que la parte actora solicita se ampare los derechos e intereses colectivos a la seguridad publica la seguridad y prevenciòn de desastres previsibles tècnicamente y los demàs vulnerados, para la rehabilitaciòn de la totalidad de puentes peatonales afectados en el municipio de Mistrato, por los hechos ocurridos el 25 de enero de 2023 sobre el rio San Juan, (ley 472 de 1998). 26 may 2026 - 00:00:00
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Respuesta a la denuncia formal por acoso laboral, delitos informáticos, discriminación y abuso jerárquico -Anónimo
Respuesta a la denuncia formal por acoso laboral, delitos informáticos, discriminación y abuso jerárquico -Anónimo La delegada para los derechos económicos, sociales y culturales, DESC recibió denuncia de un presunto patrón sistemático de acoso laboral, abuso jerárquico, discriminación y delitos informáticos en una entidad privada. 26 may 2026 - 00:00:00
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Respuesta anónimo al Radicado No. 202600603102069892
Respuesta anónimo al Radicado No. 202600603102069892 La Defensoría del Pueblo es una institución a la cual la Constitución Política le asigna la misión de promover la efectividad de los derechos humanos, mediante acciones integrales orientadas a su promoción, ejercicio, divulgación, protección y defensa, así como a la prevención de su vulneración. Igualmente, le corresponde fomentar el respeto por el derecho internacional humanitario; atender, orientar y asesorar a los habitantes del territorio colombiano y a los colombianos en el exterior en el ejercicio de sus derechos; y facilitar el acceso a la administración de justicia en los casos previstos por la ley. 07 may 2026 - 00:00:00
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Acción popular, radicada bajo el No. 23-001-33-33- 004-2023-00413 00
Acción popular, radicada bajo el No. 23-001-33-33- 004-2023-00413 00 El Juzgado Cuarto Administrativo Mixto Del Circuito Judicial De Montería-Córdoba informa a todos los miembros de la comunidad del Municipio de Ciénaga de Oro que puedan verse afectados con los hechos que motivan la presente acción popular, admitida mediante auto de fecha ocho (8) de febrero de 2024, radicada bajo el no. 23-001-33-33- 004-2023-00413 00 incoada por Filiberto Segundo Saenz Sierra contra el Municipio de Cienaga De Oro, en la que la parte actora solicita se ampare los derechos e intereses colectivos al acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública, para la puesta en funcionamiento del cementerio del corregimiento de bugre, jurisdicción de esa municipalidad (ley 472 de 1998). 07 may 2026 - 00:00:00
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Respuesta peticionario anonimo SIVWATQ 2026029719
Respuesta peticionario anonimo SIVWATQ 2026029719 La Defensoría del Pueblo es una institución a la cual la Constitución Política le asigna la misión de promover la efectividad de los derechos humanos, mediante acciones integrales orientadas a su promoción, ejercicio, divulgación, protección y defensa, así como a la prevención de su vulneración. Igualmente, le corresponde fomentar el respeto por el derecho internacional humanitario; atender, orientar y asesorar a los habitantes del territorio colombiano y a los colombianos en el exterior en el ejercicio de sus derechos; y facilitar el acceso a la administración de justicia en los casos previstos por la ley. 04 may 2026 - 00:00:00
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Aviso a la comunidad bajo radicado 05 001 33 33 005 2026 00072 00
Aviso a la comunidad bajo radicado 05 001 33 33 005 2026 00072 00 Aviso a la comunidad-El JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO ORAL DE MEDELLÍN AVISA A LA COMUNIDAD Que Yesid Figueroa García y Faddia Lisneydy Ávila Castellanos promueven ACCIÓN POPULAR en contra del Municipio de Guarne-Antioquia, proceso bajo radicado 05 001 33 33 005 2026 00072 00, por la presunta vulneración de los derechos e intereses colectivos “a la salubridad pública, el acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública y la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. La conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas, así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente”, proceso dentro del cual se profirió providencia del 17 de marzo de 2026 que admitió la demanda. 29 abr 2026 - 00:00:00
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Radicado bajo el número 73 001-3333-007-2025-0024800
Radicado bajo el número 73 001-3333-007-2025-0024800 Aviso a la comunidad- El juzgado séptimo administrativo de oralidad del circuito de Ibagué informa a los miembros de la comunidad en general, de la existencia del medio de control de protección a los derechos e intereses colectivos, radicado bajo el número 73 001-3333-007-2025-0024800 interpuesto por la personería municipal de Ibagué en contra del municipio de Ibagué y de la Empresa Ibaguereña de acueducto y alcantarillado- IBAL S.A. ESP Oficial. 16 abr 2026 - 00:00:00
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Aviso dentro de la acción popular con radicado 66001-23-33-000-2025-00264-00
Aviso dentro de la acción popular con radicado 66001-23-33-000-2025-00264-00 El Tribunal Administrativo de Risaralda admitió a través de auto del tres (3) de febrero de dos mil veintiséis (2026) la Acción Popular (Protección de derechos e intereses colectivos) instaurada por Francisco Valencia López Director de Encerritos.com, en contra del Instituto Nacional de Vías – INVIAS y el Ministerio de Transporte, quedando radicada en este Tribunal con el No. 66001-23-33-000-2025-00264-00; cuyo objeto es la protección de los derechos colectivos a la movilidad, al acceso a la infraestructura vial, al trabajo, a la salud, al medio ambiente sano y a la calidad de vida, vulnerados por las decisiones administrativas que autorizaron el cierre de la vía Cerritos-Belmonte Ruta Nacional 29RS01, con ocasión de eventos deportivos de carácter ciclístico realizados los días 26 (el más impactante) y 27 de septiembre de 2025, sin consulta previa a la comunidad, sin concertación, sin medidas de mitigación adecuadas y sin la debida evaluación técnica, social y económica. 07 abr 2026 - 00:00:00
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