Corte Constitucional acoge argumentos, recomendados por la Defensoría, que amparan derecho fundamental a la familia

Corte Constitucional acoge argumentos, recomendados por la Defensoría, que amparan derecho fundamental a la familia

  • Mié, 30 ago 2023

Martillo Justicia.

La Corte Constitucional, en fallo T-275 de 2023, acogió los argumentos de la Defensoría del Pueblo, presentados a través de su Delegada para Asuntos Constitucionales y Legales, con los que solicitó el amparo del derecho fundamental a la familia de un menor de edad y el derecho a una vida libre de violencias tanto para él como para su progenitora.

El proceso, que hizo curso en el alto tribunal, estaba relacionado con la solicitud de restitución internacional de un menor de edad a España por su padre, quien alegó que el niño estaba retenido ilícitamente en Colombia por su madre.

Como resultado de la acción de tutela instaurada por la mujer, acción con la que se logró comprobar cómo ella fue víctima de la violencia ejercida por el padre del niño, a través de un fallo en segunda instancia le concedieron el amparo de los derechos fundamentales a la familia, el acceso a la administración de justicia y a vivir una vida libre de violencias. Los derechos fundamentales de su hijo a tener una familia y no ser separado de ella también fueron amparados.

Los argumentos expuestos por la Defensoría destacan que, al corroborar el entorno en el que se desarrollaban la vida del menor y de su progenitora, se hace visible que la protección constitucional invocada es pertinente, toda vez que su padre pretende poner por encima del interés del menor su propio deseo de mantenerlo en España, lo que claramente implicaría someterlo a un cambio de entorno y desarraigo afectivo que amenazaría su desenvolvimiento.

Por lo tanto, para la entidad, de acuerdo con los artículos 13 y 44 de la Constitución Política, se puede negar la restitución internacional al ser uno de los argumentos contemplados por la ley.

La Defensoría del Pueblo también manifestó que los derechos superiores del menor deben primar sobre una visión eminentemente legalista que se concrete en la restitución internacional del niño, por el solo hecho de que se satisfagan los requisitos formales para la solicitud.