Defensoría apoya decisión de acabar con “muros de la infamia”
- Sáb, 04 oct 2014
La Defensoría había solicitado a la Corte Constitucional que declarara inexequible el segundo inciso del artículo 48 de la Ley 1098 de 2006 -Código de la Infancia y la Adolescencia-, así como el Acuerdo Distrital 280 de 2007 "Por el cual se adoptan medidas para la protección, garantía y restablecimiento de los derechos de las niñas y los niños en el Distrito Capital", por el cual se ordenó el establecimiento de los Muros de la Infamia en el Distrito Capital, por desconocer el derecho al debido proceso, a la dignidad, a la intimidad de los agresores, pero fundamentalmente, por vulnerar la intimidad de los menores víctimas y someterlos a una segunda victimización, al ser expuestos a la imagen de su agresor.
La Defensoría había advertido que, tal como lo muestran las estadísticas, la divulgación de las imágenes de los agresores atentaba además contra la intimidad familiar de las víctimas, dado el altísimo porcentaje de casos en los que el victimario es un familiar de los menores. Por otra parte, había señalado que la medida era incapaz de superar un examen de razonabilidad y eficacia, parámetros necesarios de cumplir a la hora de limitar o restringir derechos fundamentales.

