Los derechos de los pueblos indígenas en las fronteras nacionales

Los derechos de los pueblos indígenas en las fronteras nacionales

  • Vie, 21 ago 2020

Los derechos de los pueblos indígenas en las fronteras nacionales

Presentación Informe Defensorial Situación de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas Transfronterizos y Binacionales en la Frontera Colombo-Venezolana De acuerdo con las cifras oficiales, de los 115 pueblos ind ígenas asen - tados en suelo colombiano y de los 52 que habitan en territorio de Ve - nezuela, al menos una veintena (20) est á en ambos pa íses, ya sea porque comparten territorios fronterizos preexistentes a la actual delimitación nacional, porque transitan la frontera de acuerdo a sus patrones cultura - les de movilidad y ocupación, o porque las constantes crisis migratorias pendulares los han obligado a moverse a un lado u otro de la frontera. La mayor ía de estos pueblos son binacionales, de los cuales se destacan los Wayúu, Bar í, Yukpa, Amorúa, Sikuani, S áliba, Piapoco, Cuiva, y Curri - paco, por mencionar algunos. La crisis migratoria originada en Venezuela como resultado de la com - pleja situaci ón pol ítica, económica y social que all í se registra ha impac - tado de manera aguda, desproporcionada y diferenciada a los pueblos ind ígenas, quienes, adem ás, sufren la desigualdad socioeconómica y la discriminaci ón estructural que los ha puesto hist óricamente en desven - taja. Estas comunidades se han visto forzadas a cruzar la frontera hacia el lado colombiano sin ninguna garant ía jurídica o material, afrontando, en consecuencia, condiciones de deterioro y descomposici ón social, cultural y sanitaria, adem ás de serios riesgos de apatridia y nuevas discriminacio - nes en zonas urbanas, periurbanas o rurales donde se asientan. Los pueblos ind ígenas asentados en las zonas de frontera deben ser destinatarios de una atenci ón especial y diferenciada ligada a su condi - ci ón cultural y de ocupaci ón histórica, que no d é lugar a encasillarlos como migrantes en el contexto del derecho internacional. Deben estable - cerse marcos normativos e institucionales para responder adecuadamente a su estatus sui generis como pueblos transfronterizos y/o binacionales. A trav és del presente informe, la Defensor ía del Pueblo comparte los factores estructurales descritos en los Autos 004 de 2009 y 266 de 2017, as í como en los informes de los Relatores sobre los Derechos de los Pue - blos Ind ígenas de las Naciones Unidas (Stavenhagen, 2004; Anaya, 2009) y los informes de la Comisi ón Interamericana de Derechos Humanos (2011, 2018) en relaci ón con el riesgo de desaparici ón física y cultural de los pueblos ind ígenas, los cuales también est án presentes en la realidad de todos los pueblos ind ígenas transfronterizos y binacionales. Esta situa - ci ón se agrava por el hecho de no contar, en muchos casos, con territorios reconocidos a este lado de la frontera, ni con documentaci ón e identidad, ni una nacionalidad, y menos con la garant ía de su binacionalidad. Su - mado a ello, afrontan barreras idiom áticas que limitan al acceso a dere - chos y, de manera latente, la amenaza de apatridia. Algunas de las situaciones que se describen y ampl ían en los diagnósti - cos territoriales est án relacionadas con reubicaciones, traslados y retornos no voluntarios o enga ñosos; separaci ón de familias y comunidades; con - finamiento; pauperización: mendicidad, explotaci ón sexual, explotaci ón laboral; dificultades para el acceso a la atención en salud; inobservancia del derecho a la seguridad, autonom ía y soberan ía alimentaria; obstaculi - zaci ón al derecho al registro civil en calidad de poblaciones binacionales; amenazas; reclutamientos forzados; pr ácticas de discriminaci ón y segre - gación; desplazamiento forzado; desaparici ón forzada; homicidio, entre otro