Protocolos adicionales a Convenios de Ginebra cumplen 30 años

Protocolos adicionales a Convenios de Ginebra cumplen 30 años

  • Jue, 06 mar 2014

Protocolos adicionales a Convenios de Ginebra cumplen 30 años

Los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y sus dos Protocolos adicionales de 1977 codifican las normas fundamentales del Derecho Internacional Humanitario (DIH).

Los dos Protocolos adicionales de 1977 están en vigor para Colombia. Como en nuestro país existe un conflicto armado sin carácter internacional o interno, las normas del DIH son plenamente aplicables, tanto para el Estado y su Fuerza Pública como para todos los grupos armados organizados que existan en el país y que actúen al margen de la ley.

Las normas del DIH obligan a todas las partes en un conflicto armado a respetar y a proteger a la población civil, a las personas civiles y a los bienes civiles: “No serán objeto de ataque la población civil como tal, ni las persona civiles”. Esta norma, que otorga inmunidad a la población y a las personas civiles, es aplicable en los conflictos armados internacionales y en los conflictos armados internos, pues así lo estipulan el artículo 51 del Protocolo adicional I y el artículo 13 del Protocolo adicional II de 1977.

Igualmente, el DIH prohíbe la toma de rehenes, que es la privación de la libertad de personas civiles que no participan directamente en las hostilidades. Prohíbe el DIH los ataques a la misión médica y obliga a todas las partes en los conflictos armados a proteger y a respetar a las persona puestas fuera de combate. Estas son algunas de las muchas normas que contemplan los dos Protocolos de 1977 adicionales a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949.

La Defensoría del Pueblo de Colombia, como una labor misional, difunde y enseña el DIH entre diferentes públicos como miembros de la Fuerza Pública, servidores estatales y población civil. Sus publicaciones sobre el DIH se pueden conseguir en las oficinas de la Defensoría en todo el país.