Víctimas del derrumbe de Doña Juana deben probar la afectación

Víctimas del derrumbe de Doña Juana deben probar la afectación

  • Lun, 09 mar 2015

Víctimas del derrumbe de Doña Juana deben probar la afectación

La Defensoría del Pueblo informó que a partir de este lunes pueden presentar su documentación quienes consideren que fueron víctimas del derrumbe del relleno sanitario Doña Juana y sus impactos, ocurridos entre el 27 de septiembre y el 31 de diciembre de 1997.

Estos potenciales beneficiarios de indemnizaciones serían parte del segundo grupo de afectados adicionales, que se han calculado serían unas 65.536 personas, según el fallo del Consejo de Estado que, en una primera condena al Distrito, ordenó indemnizar a 1.472 personas.

Este segundo grupo de potenciales beneficiarios adicionales deben presentarse entre las 8 de la mañana y las 5 de la tarde, en las Casas de Justicia de las localidades de Ciudad Bolívar, San Cristóbal o Usme.

Las personas interesadas en presentarse como beneficiarios adicionales deben presentar el formulario original de la adhesión (puede ser descargado de la página oficial de la Defensoría del Pueblo, debidamente diligenciado y con copia para que le pongan el respectivo sello de recibido. Igualmente deben presentar fotocopia del documento de identidad de la persona que se postula como beneficiario. Pero, sobre todo, tendrá que presentar las pruebas documentadas que comprueben que en el momento de los hechos (entre el 27 de septiembre y 31 de diciembre del 1997) vivían, trabajaban o estudiaban en el área afectada por el derrumbe, dijo la Defensoría.

El Consejo de Estado ordenó al Distrito indemnizar a las víctimas por 227.000 millones de pesos, que podrá pagar en dos cuotas de 113.500 millones de pesos, en el 2014, y los otros 113.500 millones con cargo al presupuesto de este año.

Los abogados del grupo que demandó al Distrito han afirmado que en el sector de la afectación había unas 154.000 viviendas. Por ahora, las que podrían reclamar son las citadas 65.536 familias.

EL TIEMPO