Corte Constitucional protege el derecho a graduarse de joven becado, tras acción de la Defensoría del Pueblo
- Vie, 31 jul 2026
- Tras la intervención de la Defensoría del Pueblo, la Corte Constitucional protegió los derechos de un joven becado a quien inconsistencias administrativas entre la Alcaldía de Puerto Colombia y su universidad le impedían graduarse.
Mediante la Sentencia T-205 de 2026, la Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales a la educación, al debido proceso administrativo, a la igualdad, al derecho de petición, al mínimo vital y a la libertad de escoger profesión u oficio de un joven que estuvo a punto de perder la posibilidad de graduarse como ingeniero industrial.
Armando Javier Osio Maury, beneficiario del programa Becas a la Excelencia, financiado por la Alcaldía de Puerto Colombia, acudió a la Defensoría del Pueblo, a través de sus servicios de defensoría pública de la Regional Atlántico, tras recibir la negativa de la Corporación Universitaria Americana, con sede en Barranquilla, de otorgarle su grado.
Aunque culminó satisfactoriamente sus estudios, inconsistencias administrativas entre la Alcaldía y la institución educativa relacionadas con el pago de dos semestres impidieron que obtuviera el paz y salvo financiero necesario para recibir su título profesional.
Ante esta situación, la Defensoría asumió su representación judicial e interpuso una acción de tutela para que fueran protegidos sus derechos fundamentales. Tras la negativa de los jueces de primera y segunda instancia, la entidad acompañó la solicitud de insistencia, lo cual permitió que el expediente fuera seleccionado para revisión por la Corte Constitucional, desempeñando un papel decisivo en la defensa de los derechos del estudiante.
Al revisar el caso, el alto tribunal revocó las decisiones de instancia y concluyó que la Alcaldía de Puerto Colombia y la Corporación Universitaria Americana vulneraron los derechos fundamentales del accionante. Además, determinó que ninguna de las entidades podía trasladarle al estudiante las consecuencias de sus propias actuaciones administrativas y reiteró que la autonomía universitaria encuentra límites cuando están comprometidos derechos fundamentales y los principios de buena fe y confianza legítima.
La Corte, por lo tanto, ordenó resolver de manera definitiva, en lo relacionado con los periodos 2023-1 y 2023-2, su situación como beneficiario del programa de becas, y remover los obstáculos administrativos que impedían la obtención de su título profesional.
Este fallo consolida un precedente relevante para la protección del derecho a la educación en Colombia y valida, una vez más, el rol de la Defensoría del Pueblo en la defensa de los derechos humanos y el acceso efectivo a la justicia.
La intervención de la entidad demuestra que la defensa pública es una herramienta esencial para garantizar que las personas no vean frustrados sus proyectos de vida por actuaciones u omisiones de la administración, permitiendo que sus derechos fundamentales prevalezcan frente a las barreras institucionales.

