Defensoría del Pueblo se ajusta para combatir la impunidad de la violencia contra la mujer

Defensoría del Pueblo se ajusta para combatir la impunidad de la violencia contra la mujer

  • Sáb, 04 oct 2014

Defensoría del Pueblo se ajusta para combatir la impunidad de la violencia contra la mujer

El acceso a la justicia ha sido reconocido como un derecho fundamental y estratégico para las mujeres porque la sanción legal además de ser el primer paso para reparar a la víctima, se convierte en un mecanismo efectivo para la prevención y la transformación de prácticas e imaginarios que han hecho de la violencia contra las mujeres, el mecanismo ideal para reproducir la discriminación y subordinación basadas en el género.

Con este compromiso, la Defensoría del Pueblo ha iniciado el proceso de adecuación institucional para cumplir con lo establecido en la Ley 1257 y en el Código de Infancia (Ley 1098), en cuanto a garantizar representación judicial de las víctimas.

Esta adecuación incluye la contratación de defensoras y defensores públicos, la capacitación a las y los representantes de la Defensoría que atienden víctimas de la violencia basada en el género, dentro y fuera del conflicto armado, y el diseño e implementación de un modelo de atención sensible a las necesidades de las niñas, mujeres y jóvenes víctimas. 

Para el Defensor Otálora Gómez, mejorar las condiciones para el acceso a la justicia de las niñas, jóvenes y mujeres es fundamental para que una vida libre de violencia deje de ser solo una aspiración para las mujeres, y se convierta en una realidad concreta.


El conflicto armado tiene impactos desproporcionados en las mujeres como consecuencia de las condiciones de discriminación y violencia de género a las que han sido sometidas históricamente. 

Para el Defensor del Pueblo, la persistencia de la violencia en los ámbitos privados, debe ser reconocida como una de las más graves violaciones a los derechos humanos de las mujeres, que persiste porque no se sanciona efectivamente, entre otras razones.

Según cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal, el año pasado 130 mujeres fueron asesinadas por sus parejas o ex parejas. Se destaca que el 78,1% de las víctimas de violencia intrafamiliar son mujeres y en la violencia de pareja las mujeres son las víctimas mayoritarias (88,5% de los casos).

En cuanto a la violencia sexual, el año pasado se realizaron 22.597 exámenes sexológicos forenses, lo que significa un incremento del 11% con respecto a 2010; en esta modalidad de violencia de género las mujeres representan el 84% del total de las víctimas, con una mayor incidencia en niñas entre 10 y 14 años.

A juicio de Otálora Gómez para erradicar la violencia contra las mujeres es necesario superar la subvaloración social, política y jurídica de las violaciones a sus derechos humanos. Desde la Conferencia Mundial de los Derechos Humanos (Viena, 1993) se han registrado importantes avances en el reconocimiento de los derechos de las mujeres tanto en el derecho internacional como en la legislación nacional. En diciembre de 2008 por ejemplo, se aprobó la Ley 1257 por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres.

Este instrumento legal ha contado con el apoyo permanente de la Defensoría del Pueblo en su diseño, aprobación, reglamentación, implementación y monitoreo, el Defensor del Pueblo está convencido de que la Ley 1257 es una herramienta estratégica para desarrollar acciones efectivas e integrales frente a la violencia contra las mujeres, con mandatos concretos para la prevención, atención, sanción y reparación. 

Estos avances necesarios, serán insuficientes sino se traducen en políticas, programas y acciones en los ámbitos nacional y local. En este sentido es urgente superar la impunidad frente a los casos de violencia contra las mujeres.