Defensoría hará seguimiento a protocolo de Colpensiones sobre obligaciones alimentarias en pensiones de sobrevivientes

Defensoría hará seguimiento a protocolo de Colpensiones sobre obligaciones alimentarias en pensiones de sobrevivientes

  • Vie, 03 jul 2026

atención a personas mayores

La Defensoría del Pueblo le hará seguimiento al cumplimiento de la orden impartida por la Corte Constitucional a Colpensiones para que diseñe, adopte e implemente un protocolo institucional que garantice el tratamiento adecuado de las obligaciones alimentarias en casos de fallecimiento del alimentante y reconocimiento de la pensión de sobrevivientes.

La decisión fue adoptada por el alto tribunal al revisar una acción de tutela cuya selección se produjo tras una insistencia presentada por la Defensoría del Pueblo. El caso es el de una mujer de 84 años que acudió a la tutela luego de que le fuera suspendido el pago de una cuota alimentaria que había sido reconocida judicialmente y descontada de la mesada pensional de su excónyuge.

De acuerdo con los hechos acreditados en el expediente, la accionante dedicó gran parte de su vida a las labores del hogar durante el matrimonio, situación que derivó en dependencia económica de su cónyuge. Posteriormente, promovió un proceso de alimentos y, mediante sentencia del 22 de marzo del 2018, el Juzgado Séptimo de Familia del Circuito de Cartagena ordenó el embargo del 20 % de la mesada pensional de su exesposo para garantizar el cumplimiento de la cuota alimentaria.

Los descuentos se mantuvieron hasta el fallecimiento del pensionado, ocurrido el 15 de junio del 2020. Sin embargo, tras el reconocimiento de la sustitución pensional a favor de una tercera persona, Colpensiones suspendió los descuentos.

La Corte concluyó que Colpensiones vulneró los derechos fundamentales de la accionante al mínimo vital, a la igualdad, a la vida digna y al debido proceso. Además de ordenar el restablecimiento del pago de la cuota alimentaria mediante la reanudación de los descuentos sobre la pensión de sobrevivientes, dispuso que Colpensiones incorpore reglas claras y diferenciadas en sus procedimientos administrativos. 

La Corte también le ordenó, en un plazo de tres meses, diseñar, adoptar e implementar un protocolo institucional. Este instrumento deberá contemplar mecanismos para la identificación oportuna de obligaciones alimentarias reconocidas judicialmente con anterioridad, la vinculación efectiva de las personas acreedoras alimentarias en los trámites administrativos, el respeto por las decisiones judiciales vigentes, la incorporación del enfoque de género y criterios para evitar suspensiones automáticas sin un análisis previo de las condiciones constitucionalmente relevantes.

Contribuir a que esta decisión se traduzca en garantías efectivas y sostenidas para las personas que dependen de este tipo de obligaciones alimentarias continuará siendo un compromiso de la Defensoría del Pueblo.