Carta de la Defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, al presidente electo Abelardo de la Espriella

Carta de la Defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, al presidente electo Abelardo de la Espriella

  • Mar, 04 ago 2026

La Defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz.

Bogotá, D. C., 31 de julio de 2026


Señor
ABELARDO DE LA ESPRIELLA
Presidente electo de la República de Colombia

Señor Presidente electo:

Reciba un respetuoso saludo desde la Defensoría del Pueblo.

El próximo 7 de agosto asumirá la Presidencia de la República. Como se lo he transmitido, la Defensoría del Pueblo colaborará armónicamente con su Gobierno para avanzar en la solución de las graves problemáticas de derechos humanos que enfrenta el país. Lo haremos desde nuestra independencia y autonomía constitucionales, con el propósito de contribuir a que todas las personas puedan ejercer efectivamente sus derechos.

De conformidad con los artículos 281 y 282 de la Constitución Política, la Defensoría del Pueblo tiene la misión de velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos de todas las personas que habitan el territorio nacional y de nuestros connacionales en el exterior. Acompañamos a las personas y comunidades, prestamos el servicio gratuito de defensoría pública, orientamos y representamos jurídicamente a la ciudadanía, interponemos acciones y recursos constitucionales, promovemos y divulgamos los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, advertimos escenarios de riesgo mediante el Sistema de Alertas Tempranas y formulamos recomendaciones a las autoridades para que adopten medidas para prevenir vulneraciones, remediarlas y superar las barreras que impiden el ejercicio de los derechos. La agenda de los derechos humanos es la del bienestar de todas las personas en nuestro país.

Como es de su conocimiento, le hemos presentado la propuesta de "Decisiones Impostergables en Derechos Humanos" [1], construida a partir de nuestra presencia territorial y del contacto permanente con las comunidades. Esperamos profundizar en ellas mediante un diálogo oportuno y fluido con su gabinete.

En esta ocasión me dirijo a usted para referirme a algunos anuncios realizados por usted y por integrantes de su equipo de gobierno designado. Si bien el Presidente de la República tiene la facultad constitucional para definir las políticas y la organización del Gobierno, algunas de las propuestas que se han ventilado por diferentes medios podrían generar riesgos adicionales para los derechos humanos, en un contexto que ya es crítico en esta materia. Se ha anunciado que algunas de ellas se adoptarán desde el primer día de Gobierno, inclusive a través de medidas normativas del ejecutivo.

Por esta razón y en aras de velar por los derechos humanos de nuestro país, encuentro necesario plantearle los asuntos que nos generan inquietud con dos propósitos: primero, ofrecerle elementos para que evalúe los riesgos en materia de derechos humanos antes de adoptar decisiones; y segundo, formular recomendaciones desde una perspectiva constitucional, las cuales podrán profundizarse en espacios de trabajo conjunto. A continuación, se exponen los asuntos que hemos identificados preliminarmente.

1. Garantías para la libertad de expresión, prensa e información; para la oposición y la protesta social

Primero, con respecto a la libertad de expresión, prensa e información, como sabe, los medios de comunicación y periodistas adoptan líneas editoriales protegidas por la libertad de expresión, sobre las cuales las restricciones son muy específicas y excepcionales. Cuando presentan información, medios y periodistas están obligados a la veracidad de esta y a la previa contrastación de fuentes.

Cuando tiene diferencias, el Presidente de la República y su gobierno pueden opinar o disentir públicamente, pedir la clarificación de información que consideren imprecisa o incorrecta, pero no les corresponde calificar quién es periodista y quién no lo es. Lo anterior, en virtud del poder-deber de información que tienen las autoridades públicas, especialmente los máximos representantes del Estado, de acuerdo a la jurisprudencia consolidada de la Corte Constitucional.

Sin embargo, en una declaración, Usted planteó una diferencia entre auténticos periodistas y "activistas", rechazando a los segundos [2]. Frente a esto, es importante recordar que al Presidente de la República le corresponde proteger a todas las personas que ejercen el periodismo, inclusive a aquellas que controviertan al Gobierno o sean adversas a sus líneas de política.

En este sentido, le solicito garantizar la libertad de prensa, de expresión y de información, fomentar el debate libre e informado de ideas en la opinión pública, y evitar que sus declaraciones o acciones puedan ser tomadas como aliento a la persecución, la estigmatización o la violencia. Le solicito especialmente protección a las mujeres periodistas, quienes enfrentan riesgos agravados en el ejercicio de su profesión.

Segundo, con respecto a la protesta social, su equipo designado ha anunciado la derogatoria del Decreto 003 de 2021 y el regreso al modelo del antiguo ESMAD para la contención de los disturbios que se produzcan en la protesta social [3]. Es de anotar que el Decreto 003 de 2021 fue expedido en cumplimiento de una Sentencia de tutela de la Corte Suprema de Justicia que ordenó la adopción de un "Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores" a la protesta social, basado en el principio de neutralidad e imparcialidad de la Fuerza Pública.
 
El Decreto, además, fue producto de una mesa de trabajo, también ordenada en la sentencia de tutela, en la que participó la ciudadanía, los órganos de control y mandatarios locales.

En consecuencia, le solicito asegurar que las reformas a la regulación de la respuesta a la protesta social que contemple tengan en cuenta las directrices de la mencionada sentencia. Asimismo, es recomendable preservar los avances obtenidos, pues en los últimos tiempos se han reducido los niveles de violencia imputables a la Fuerza Pública en la contención de protesta social [4]. La Defensoría del Pueblo pone a disposición del nuevo Gobierno la información de su Observatorio de Conflictividad Social y su capacidad de mediación para atender tempranamente los malestares sociales y evitar que las manifestaciones escalen hacia escenarios de disturbios o violencia.

En tercer lugar, en lo relacionado con los derechos de la oposición política, durante todo el proceso electoral, la Defensoría del Pueblo monitoreó y verificó hechos de polarización extrema, altos niveles de violencia simbólica y en el lenguaje, estigmatización y difamación entre las campañas. Terminado el proceso electoral, y habiendo resultado Usted electo como Presidente de la República, representará la unidad de la Nación y tendrá el deber de garantizar y respetar los derechos de todas las personas, inclusive los de su oposición política.

Ahora bien, en el portal "Defensores de la Patria" una publicación señala que Usted manifestó el compromiso del nuevo Gobierno de ofrecer garantías democráticas a la oposición política, pero a su vez, le solicitó al Senador Iván Cepeda no estimular la violencia ni sembrar terror [5]. Su advertencia, sin embargo, parece infundada y puede alentar asociaciones indebidas entre oposición política y violencia que estigmatizan y pueden poner en riesgo a la oposición.

En este contexto, le pido ofrecer garantías democráticas y de seguridad inequívocas para periodistas, medios de comunicación y a la oposición.
 
2. Designaciones que deben ofrecer garantías  de idoneidad e imparcialidad

Usted anunció la designación del nuevo director de la Unidad Nacional de Protección -UNP-. En días pasados han circulado publicaciones pasadas del director designado con expresiones ofensivas y estigmatizantes contra medios de comunicación, periodistas, dirigentes políticos y sectores de oposición.

Esto resulta especialmente preocupante porque la entidad debe proteger a personas defensoras de derechos humanos, líderes y lideresas sociales, periodistas, integrantes de la oposición y firmantes del Acuerdo de Paz. Esta función debe desplegarse sin discriminación alguna y según el nivel de riesgo objetivamente establecido, como lo estipulan los artículos constitucionales 2 y 5 y lo ha reiterado la Corte Constitucional. Quien dirija la UNP debe generar confianza y ofrecer garantías de absoluta imparcialidad frente a todos los sectores sujeto de protección.

En consecuencia, le solicito evaluar esta designación y garantizar que quien asuma el cargo actúe con idoneidad, imparcialidad y pleno respeto por el pluralismo.

3. Institucionalidad para los derechos humanos y la implementación del Acuerdo de Paz

Usted ha anunciado una reestructuración en Presidencia de la República que eliminaría la "Consejería Presidencial de Derechos Humanos y derecho internacional humanitario" así como instancias que actualmente lideran la implementación del Acuerdo Final de Paz. Como nuevo Presidente, Usted tendrá la facultad de organizar la rama ejecutiva como considere, suprimir oficinas o fusionarlas, entre otras. Lo que es desaconsejable constitucionalmente, pero también por conveniencia para la seguridad de las regiones, es desacelerar o suspender la implementación del Acuerdo de Paz, así como reducir la coordinación al primer nivel del Estado de los asuntos de derechos humanos y derecho internacional humanitario.

Sea cual fuere la arquitectura ejecutiva que decida, se requiere una estructura institucional de paz que fortalezca y acelere el cumplimiento del Acuerdo de Paz. El Acuerdo es una política de Estado cuyo cumplimiento integral y de buena fe constituye una obligación constitucional para todas las autoridades, de conformidad con el Acto Legislativo 02 de 2017. Las medidas allí contempladas para los derechos de las víctimas, la apertura democrática, el desarrollo rural y territorial, la reincorporación de firmantes, la sustitución y la erradicación de cultivos de uso ilícito, no son incompatibles con una política de seguridad: son necesarias y adecuadas para su sostenibilidad. Cumplir el Acuerdo de Paz es un deber y una agenda de desarrollo y seguridad para las regiones.

De otra parte, la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y el DIH, que existe desde finales de la década de los 80, ha sido la instancia para la coordinación presidencial de los asuntos de derechos humanos. Le solicito evaluar los impactos prácticos y simbólicos de su eliminación. Colombia necesita una instancia de nivel presidencial que coordine e impulse la prevención del reclutamiento y la violencia contra niñas, niños y adolescentes; y movilice el Sistema Nacional de Derechos Humanos y los diferentes instrumentos ya adoptados para mejorar la situación del país en esta materia.

Le solicito que cualquier reorganización se base en un plan de transición de carácter público que determine qué entidades asumirán cada función, con qué recursos, bajo qué mecanismos de coordinación y cómo se evitará la interrupción de los programas en curso.

4. Derechos territoriales de los pueblos étnicos

Según información difundida por medios de comunicación, el nuevo Gobierno tendría la intención de derogar los decretos que dieron lugar a la creación de las Entidades Territoriales Indígenas (ETI). En los últimos años, el Estado avanzó en la implementación de estas entidades, que ponen en marcha el reconocimiento constitucional de Colombia como una nación diversa étnica y culturalmente, y materializan derechos relacionados con la autonomía, el gobierno propio, la administración de recursos y la coordinación con las demás autoridades del Estado (artículos 7, 286 y 287 de la Constitución). En este aspecto le solicito que no adopte decisiones regresivas constitucionalmente.

5. Protección de los derechos de las comunidades y de la Naturaleza en decisiones sobre extracción de recursos naturales y en la erradicación de cultivos de uso ilícito

En el portal "Defensores de la Patria" se anuncia que, desde el primer día de gobierno, se retomará la fumigación aérea de cultivos de uso ilícito "mediante bioherbicidas de última generación, con tecnologías que no representen riesgos para la salud humana ni para el medioambiente". Por otra parte, el ministro de Ambiente designado ha anunciado la reforma al licenciamiento ambiental y la consulta previa, así como que se retomará la implementación de técnicas de fracturación hidráulica para la extracción de hidrocarburos "fracking".

Le solicito que las decisiones que adopte en estos dos ámbitos respeten y garanticen los derechos de los pueblos étnicos y la protección de la Naturaleza, de conformidad con la Constitución y la jurisprudencia constitucional. Las medidas que adopte deben respetar los derechos de participación y de consulta previa de comunidades campesinas y pueblos étnicos. La consulta y participación son obligatorias y permiten ponderar los legítimos intereses del desarrollo económico y la necesidad de erradicación de cultivos de uso ilícito, de una parte; con los derechos de los pueblos indígenas, afrodescendientes y de las comunidades campesinas, de otra; así como establecer arreglos que eviten afectaciones irreversibles a la Naturaleza y prevenir conflictos socioambientales.

Asimismo, y de conformidad con los principios de precaución, participación y consulta previa, le solicito informar públicamente cuál o cuáles son las sustancias que se prevé utilizar en las operaciones de aspersión aérea. Esta información resulta indispensable para evaluar si es jurídica y ambientalmente viable avanzar con la erradicación mediante este mecanismo.

6. Educación pluralista

En el pasado, la ministra de Educación designada ha promovido, en el ámbito de las políticas públicas, posiciones que se inscriben en una moral religiosa particular. Se opuso a los lineamientos de educación sexual con enfoque de género en el sistema educativo e impulsó el referendo para restringir la adopción por parejas del mismo sexo.

No obstante, la Constitución establece que la educación debe formar en el respeto por los derechos humanos, la paz y la democracia. La Corte Constitucional ha establecido la conexidad inescindible entre el derecho a la educación y los derechos al libre desarrollo de la personalidad y la identidad de género; así como la obligación del sistema educativo de prevenir el hostigamiento y discriminación por orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversos en entornos escolares.

Como Presidente electo, le solicito asegurar que las creencias religiosas personales de quienes conduzcan la política educativa no obstaculizarán la garantía de los derechos de todas las personas en el sistema educativo, sin discriminación alguna por razones de género, orientación sexual, identidad de género, etnia, religión o condición física, social o cultural, tal como lo ordena la Ley de Convivencia Escolar. El sistema educativo está en la obligación de proteger a las niñas y adolescentes, a las personas LGBTIQ+, a los grupos étnicos a y otros grupos discriminados. En memoria de Sergio Urrego y de tantas niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas que han sufrido violencia en el ámbito escolar, le solicito que, durante su gobierno, el Ministerio de Educación respete y valore la diversidad y las diferencias.

7. Protección de las personas colombianas en el exterior

Miles de colombianos y colombianas enfrentan xenofobia, discriminación, detenciones, deportaciones y otras vulneraciones de sus derechos. En 2025, la Defensoría del Pueblo acompañó la recepción de 48 vuelos de deportación, en los que retornaron 5.121 personas procedentes principalmente de Estados Unidos, pero también de España, Chile y Panamá.

Durante este acompañamiento documentamos afectaciones al debido proceso, malos tratos que en algunos casos pudieron constituir tratos crueles y degradantes, pérdida de pertenencias y hechos de violencia física o sexual. En países como El Salvador, Haití y Venezuela, colombianos y colombianas permanecen privados de la libertad durante periodos prolongados, sin garantías suficientes de debido proceso y, en algunos casos, sin que sus familias conozcan con certeza su situación. También hemos conocido casos de especial gravedad, como la muerte de Brayan Rayo Garzón en un centro de detención migratoria de Estados Unidos y la de Joan Sebastián Durán Guerrero durante un procedimiento de agentes migratorios en Maine. Hemos observado que ni Usted ni su equipo de trabajo se han pronunciado al respecto de este último hecho.

Señor Presidente electo, le pido que abogue por nuestros connacionales en el exterior. Miles de ellos han sido víctimas de xenofobia y discriminación por no ser nacionales del país que habitan. Es importante que la política exterior y consular priorice su protección efectiva, garantice asistencia jurídica y humanitaria y active los mecanismos diplomáticos necesarios frente a posibles vulneraciones. La Defensoría del Pueblo está dispuesta a articular con el Ministerio de Relaciones Exteriores acciones de acompañamiento, seguimiento y protección.
 
Señor Presidente electo, estas observaciones buscan prevenir retrocesos y contribuir a que las decisiones iniciales de su Gobierno gocen de la legitimidad necesaria dada por nuestro marco constitucional. Le reitero mi entera disposición a acompañar a su Gobierno en la discusión de sus decisiones en estos y otros temas asociados con los derechos humanos. Para tal fin, le propongo instalar, durante los primeros días de su mandato, un canal de trabajo de alto nivel entre la Presidencia, los ministerios competentes y la Defensoría del Pueblo, que permita examinar estas preocupaciones, presentar nuestras recomendaciones y establecer mecanismos de seguimiento.

Iris Marín Ortiz
Defensora del Pueblo de Colombia
 

 

Pies de página 

[1] https://www.defensoria.gov.co/-/decisiones-impostergables-en-materia-de-derechos-humanos-defensoria-del-pueblo-entrega-a-candidaturas-de-presidencia-y-vicepresidencia-una-hoja-de-ruta-para-abordar-los-temas-urgentes-del-pais 

[2] https://defensoresdelapatria.com/respeto-al-periodismo-independiente-y-rechazo-a-los-activistas-que-fungen-como-periodistas/ 

[3] https://caracol.com.co/2026/07/07/mindefensa-designado-dice-que-debe-haber-una-fuerza-como-el-antiguo-esmad-ante-protestas-violentas/ https://www.portafolio.co/economia/gobierno/regresara-el-esmad-esto-anuncio-jorge-eduardo-mora-lopez-ministro-de-defensa-designado-sobre-la-undmo-497658 

[4] Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Documento A/HRC/61/20, 27 de enero de 2026. 

[5] https://defensoresdelapatria.com/presidente-electo-garantiza-la-oposicion-pero-advierte-que-no-tolerara-la-violencia-ni-ataques-contra-la-democracia/ 

[6] https://www.elcolombiano.com/colombia/didier-blanco-trino-ofensivo-director-unp-criticas-abelardo-de-la-espriella-HM39171701 

[7] Corte Constitucional, Sentencia SU-546 de 2023.

[8] https://www.eltiempo.com/politica/abelardo-de-la-espriella/abelardo-de-la-espriella-eliminara-consejerias-de-presidencia-y-cambiara-la-figura-del-comisionado-de-paz-anuncio-ahorro-de-10-000-millones-anuales-3570995 

[9] https://www.elcolombiano.com/colombia/abelardo-de-la-espriella-quitara-todas-entidades-territoriales-indigenas-HK38672894 

[10] https://defensoresdelapatria.com/abelardo-de-la-espriella-si-fumigara-cultivos-de-coca-lo-hara-con-bioherbicidas-para-que-el-campo-vuelva-a-producir-alimentos/?utm_source=chatgpt.com 

[11] https://elpais.com/america-colombia/2026-07-04/fabio-arjona-pensar-que-trump-va-saquear-los-recursos-de-colombia-es-parte-de-la-histeria-ambiental.html 

[12] Corte Constitucional, sentencias T-236 de 2017, T-514 de 2023, SU-543 de 2023 y T-146 de 2024.

[13] https://www.defensoria.gov.co/-/defensor-considera-inconveniente-e-inconstitucional-referendo-que-pretende-restringir-la-adopción-por-parte-de-las-parejas-del-mismo-sexo 

[14] Corte Constitucional, sentencias T-562 de 2013, T-443 de 2020 y T-261 de 2024.

[15] https://elpais.com/america-colombia/2026-07-14/el-padre-de-joan-sebastian-duran-el-colombiano-asesinado-por-el-ice-esa-muerte-es-injusta.html?utm_source=chatgpt.com