La decisión de la JEP en el Caso 08 representa un avance para los derechos de las víctimas de la violencia paramilitar en Barrancabermeja

La decisión de la JEP en el Caso 08 representa un avance para los derechos de las víctimas de la violencia paramilitar en Barrancabermeja

  • Lun, 07 sep 2026

Barrancabermeja

Bogotá, 3 de septiembre de 2026 (@DefensoriaCol). La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en el Caso 08, imputó a 12 máximos responsables por graves crímenes cometidos en el municipio de Barrancabermeja, Santander, y el Magdalena Medio, en el marco de alianzas entre integrantes de la Fuerza Pública, estructuras paramilitares y terceros civiles. 

Esta decisión representa un avance en el esclarecimiento de la violencia sufrida por las víctimas del conflicto armado en esta región y contribuye a garantizar sus derechos y a superar la estigmatización con la que durante años se pretendió justificar la violencia contra habitantes de Barrancabermeja, organizaciones sindicales y personas defensoras de derechos humanos.

El auto de imputación se refiere a hechos ocurridos principalmente entre los años 1998 y 2000 y aborda la denominada ‘toma paramilitar de Barrancabermeja’, uno de los hechos más representativos de ese periodo. La investigación de la JEP identificó 473 víctimas asesinadas o desaparecidas forzadamente y documentó 14 masacres, además de asesinatos selectivos, desapariciones forzadas y actos de persecución contra habitantes de la ciudad, organizaciones sociales, sindicalistas y personas defensoras de derechos humanos.

Entre las víctimas y sectores afectados se encuentran integrantes y dirigentes de la Unión Sindical Obrera (USO), la Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS) y habitantes de barrios de la zona oriental de Barrancabermeja, quienes fueron estigmatizados y señalados injustamente como integrantes o colaboradores de la insurgencia. Resaltamos que la decisión reconoce la dimensión colectiva de la violencia sufrida por las víctimas.

La JEP atribuyó a los 12 comparecientes —nueve exintegrantes del Ejército Nacional, dos expolicías y un exintegrante del área de seguridad de Ecopetrol— responsabilidades por crímenes de guerra y de lesa humanidad. Entre las conductas imputadas se encuentran el homicidio como crimen de guerra y el exterminio y la desaparición forzada como crímenes de lesa humanidad.

A tres de los comparecientes también se les atribuyó responsabilidad por persecución como crimen de lesa humanidad, en relación con las violencias dirigidas contra la USO y CREDHOS.

El auto contribuye al esclarecimiento de las estructuras y patrones que hicieron posible esta violencia, superando una aproximación limitada a la responsabilidad individual, y permite comprender las relaciones entre actores armados, agentes estatales y miembros de la industria de la extracción de hidrocarburos.

Destacamos, además, la importancia de garantizar durante este proceso la participación efectiva y la protección de las víctimas, sus representantes y las organizaciones que durante décadas han documentado estos hechos y acompañado a las comunidades afectadas.

Esta decisión representa un avance en la implementación del componente de justicia del Acuerdo Final de Paz y en la garantía de los derechos de las víctimas. El esclarecimiento de la verdad, la protección de quienes buscan justicia y la adopción de medidas frente a las condiciones que hicieron posible estos hechos son fundamentales para evitar su repetición, consolidar una paz sostenible y fortalecer la democracia.