Urge esclarecer los hechos que dejaron a un ciudadano gravemente herido durante una diligencia de desalojo en Palermo, Huila y que presuntamente serían atribuibles a miembros de las Fuerzas Militares
- Dom, 09 ago 2026
Neiva, 9 de agosto de 2026 (@DefensoriaCol). El 8 de agosto, durante una diligencia de desalojo por ocupación de predios de propiedad del municipio, en Palermo, Huila, un ciudadano resultó gravemente herido por un disparo de arma de fuego que, de acuerdo con la información conocida, habría sido accionada por uniformados adscritos al Batallón de Artillería No.9 Tenerife.
Las diligencias de desalojo se desarrollan en el marco de actuaciones exclusivamente de naturaleza policiva y, de ser necesario el uso de la fuerza, estas diligencias deben estar precedidas de espacios de diálogo con las comunidades involucradas, procurando privilegiar soluciones concertadas.
En este caso, resulta indispensable esclarecer las circunstancias en las que integrantes de las Fuerzas Militares hicieron presencia en el lugar, cuál fue su participación durante la diligencia y en qué condiciones se habría producido el disparo que causó graves lesiones a un civil. Las diligencias de desalojo no son escenarios de despliegue de las funciones constitucionales asignadas a las Fuerzas Militares.
Por ello, la Defensoría del pueblo llama a:
• La Fiscalía General de la Nación, para que adelante, con celeridad y rigor, las investigaciones necesarias que permitan esclarecer plenamente los hechos, establecer las responsabilidades a que haya lugar y determinar las circunstancias en las que resultó herido el ciudadano.
• La Procuraduría General de la Nación, para que, en el marco de sus competencias y mediante el ejercicio del poder disciplinario preferente, adelante las actuaciones correspondientes frente a la participación de servidores públicos en estos hechos.
• El Ministerio de Defensa Nacional, para que adopte las medidas necesarias para garantizar que las actuaciones de los integrantes de la Fuerza Pública se desarrollen estrictamente dentro del ámbito de sus competencias y con respeto irrestricto de los derechos y garantías fundamentales de la población.

